CONDICIONES DE LA RESERVA DE EMISIÓN ( Resolución 1317/2020 de 08/05/2020 ) :
-La reserva de emisión sólo será confirmada si existe disponibilidad de línea para la fecha e intervalo horario, dependiendo de los sistemas disponibles al efecto en la Red Provincial.
-La prioridad de reserva la tendrán los Plenos y actos cuya exigencia de emisión en directo venga impuesta por imperativo legal. Y entre actos de la misma naturaleza, al primero que reserve.
-La anulación de la reserva se realizará al menos,con 24 horas de antelación a la prevista de emisión; en caso contrario, la aportación que correspondiera realizar por el servicio no se anulará.
-El Servicio de Informática facilitará al coordinador de la entidad la necesaria información para que pueda difundirse la dirección de Internet en la que se verá, así como para poder ponerla en la Web de su entidad.
PRERREQUISITOS: Las emisiones en directo requieren de un ancho de banda de 4Mbps de conexión a Internet en el centro desde donde se realice la emisión.Por lo que la entidad que solicite este servicio deberá garantizar que dispone de ese ancho de banda y de los dispositivos de grabación y emisión compatibles con los sistemas de la Red Provincial.
Costes de publicación directa de un acto:
Las entidades usuarias deberán aportar, para poder financiar el coste del servicio:
* 0,50 euros por hora de reserva de emisión, si la entidad solicitante utiliza los sistemas de Recaudación de la Diputación y los sistemas TIC de Administración Electrónica de la Red Provincial.
* 1,00 euros por hora de reserva de emisión, si la entidad solicitante sólo utiliza el sistema de Recaudación de la Diputación o los sistemas TIC de Administración Electrónica de la Red Provincial.
* 1,50 euros por hora de emisión, si la entidad solicitante no es usuaria del Sistema de Recaudación ni de los sistemas de Administración electrónica de la Red Provincial.
(Costes que podrán modificarse si cambian las condiciones de la contratación del servicio externo o la Comisión Permanente de la Red Provincial propone otra forma de distribución. Siendo liquidados por años, puesto que La primera Comisión Permanente que se celebre cada año deberá aprobar la propuesta de aportación o compensación que corresponda a las entidades usuarias de los servicios, por los gastos anticipados por la Diputación del ejercicio anterior, de conformidad con lo establecido en cada servicio y aceptado por las respectivas entidades al solicitarlo - art. 15 NORMA PROVINCIAL PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES A LOS ENTES LOCALES DE LA PROVINCIA. BOP n. 48 12/03/2019)